CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES – PRESUPUESTO

De acuerdo con lo solicitado, le presentamos la presente propuesta de prestación de nuestros servicios jurídicos en las actuaciones que se detallan en este documento.

Identificación del despacho

Los servicios serán prestados por la sociedad MASVALOR ABOGADOS, S. L. P., en adelante MASVALOR ABOGADOS©, con domicilio en C/ Balmes 186, 2º 1ª, 08006 – Barcelona, CIF B66653460, inscrita en el Registro mercantil de Barcelona al tomo 45855, folio 181, hoja B 501077 inscripción 1 e inscrita como sociedad profesional en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona. Actúa en este acto representada por doña Claudia Morató Esteve en su condición de administradora solidaria.

El conjunto de profesionales de este despacho llevará a cabo la gestión de aquellas actuaciones que se precisen para la adecuada representación de su persona en la intervención que se nos encarga. Nuestra intervención profesional consistirá en el asesoramiento profesional y en la defensa de sus intereses, respecto a la solicitud de concurso consecutivo (segunda oportunidad) y conforme al detalle que figura en la página 3 de este contrato.

Equipo jurídico

El profesional responsable del cliente será el que el despacho asigne en cada momento, que será quien ejercerá la dirección letrada del procedimiento junto con el equipo de trabajo formado por todos los profesionales que integran el despacho MASVALOR ABOGADOS©. Así mismo, en cualquier momento el responsable del asunto podrá sustituir la/s persona/s del equipo jurídico, pudiendo asignar otro profesional del propio despacho.

Información, asesoramiento y confidencialidad

La información que el cliente transfiera a los profesionales de este despacho tiene carácter confidencial. Del mismo modo, el asesoramiento y la información que los profesionales del despacho aporten al cliente son igualmente de carácter confidencial, y forman parte del estudio y experiencia de los profesionales del despacho sobre los asuntos tratados. Por ello, el asesoramiento y las informaciones que facilite el despacho van únicamente dirigidas al cliente con carácter exclusivo sin que puedan ser aplicadas o difundidas por o a terceras personas sin autorización previa y expresa del despacho.

Asimismo, todos los profesionales y personal de MASVALOR ABOGADOS© están obligados a no divulgar ni hacer uso de la información del Cliente a la que hayan accedido como consecuencia de su ejercicio profesional. La información suministrada por el Cliente tendrá, en todo caso, carácter confidencial, sin que pueda ser utilizada para otros fines que los fijados en el presente Contrato.

Hechos objeto de asesoramiento

El Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal prevé la posibilidad de que las personas físicas en situación de insolvencia puedan solicitar un acuerdo extrajudicial de pagos y declararse en concurso de acreedores, con la opción de obtener la exoneración del pasivo insatisfecho tras la liquidación del patrimonio personal, en caso de cumplir con los requisitos previstos en el texto legal. Al conjunto de fases que engloban este procedimiento se le denomina mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad.

El Cliente desea contar con el asesoramiento jurídico de MASVALOR ABOGADOS© con el objetivo de analizar si cumple con los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Tareas contratadas

El presente Contrato de prestación de servicios profesionales tiene por objeto regular el marco de prestación de los servicios de asesoramiento jurídico al Cliente, incluyendo todas las instancias extrajudiciales y judiciales destinadas a completar el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad.

Las tareas incluidas en la presente propuesta se relacionan a continuación, sin que pueda efectuarse una cita exhaustiva de todas las tareas que deberán llevarse a cabo:

  1. Asesoramiento y acompañamiento al Cliente en el procedimiento previo al concurso de acreedores, denominado Acuerdo Extrajudicial de Pagos (en adelante AEP).

  2. Preparación de documentación y encargo al notario/registro mercantil/cámara de comercio para nombrar a un mediador concursal.

  3. Elaboración de plan de pagos a emitir a los acreedores en el AEP.

  4. Acompañamiento a la reunión de acreedores del AEP, ya sea presencial o por videoconferencia.

  5. Presentación de demanda de concurso consecutivo si no hubiera aceptación de un mediador concursal o si éste no presentara la demanda.

  6. Presentación de solicitud de exoneración de pasivo insatisfecho (BEPI o cancelación de la deuda).

Honorarios

Para las tareas encomendadas se pactan los siguientes honorarios, cuyo criterio de cuantificación es la magnitud de activo y pasivo del cliente:

  1. Para todos los procedimientos con un pasivo inferior a 300.000.-€ los honorarios serán de un mínimo de 3.000.-€.

  2. Si el pasivo del deudor es entre 300.000.-€ y 600.000.-€ los honorarios serán de 3.500.-€.

  3. Si el pasivo del deudor es entre 600.000.-€ y 1.000.000.-€ los honorarios serán de 4.000.-€

  4. Si el pasivo del deudor es entre 1.000.000.-€ y 5.000.000.-€ los honorarios serán de 5.000.-€

  5. En caso de que el cliente quiera unilateralmente prescindir de la asistencia letrada de MASVALOR ABOGADOS©, no precisa motivo alguno, y esto se produzca tras el nombramiento de mediador concursal, el Cliente deberá haber pagado unos honorarios mínimos de 500.-€.

  6. MASVALOR ABOGADOS© podrá decidir no seguir llevando algún asunto, sin tener que alegar ningún motivo, obligándose a comunicar al cliente mediante correo electrónico y dándole un plazo de 10 días para que designe nuevo letrado, aplicando los fondos recibidos al pago de honorarios devengados hasta esa fecha.

Los honorarios serán abonados del siguiente modo:

  1. Pago de provisión de fondos inicial de 500.-€ con la contratación de MASVALOR ABOGADOS©

  2. A partir del mes siguiente al pago de la provisión de fondos, el cliente pagará un mínimo de 200.-€ mensuales hasta la satisfacción completa de los honorarios.

A los anteriores honorarios se les aplicará el IVA correspondiente.

Plazo de ejecución

Los servicios profesionales contratados como consecuencia del presente Contrato de prestación de servicios se obligan frente al cliente cuando:

  1. Firme y acepte de la presente propuesta, sea físicamente o digitalmente.

  2. Haga el pago de la provisión de fondos de 500.-€, mediante ingreso en la cuenta IBAN ____________.

  3. Envíe la documentación necesaria para solicitar el nombramiento de un mediador concursal.

Ley aplicable y jurisdicción competente

El presente Contrato de prestación de servicios se rige por lo dispuesto en la legislación española.

Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles si lo tuvieren, para el caso de que exista una controversia sobrevenida por la interpretación, ejecución o resolución del presente Contrato.

En caso de que se opte por una solución de disputas alternativa, como la mediación o el arbitraje, las partes acuerdan que el fuero será Barcelona, renunciando expresamente a cualquier otro fuero, incluidos aquellos derivados de la naturaleza de la relación contenida en el presente Contrato.

Protección de datos

En atención al Reglamento Europeo sobre Protección de Datos en vigor desde el 25.05.2018, le informamos MASVALOR ABOGADOS©, con CIF B66653460, es la responsable del fichero al que se incorporen los datos personales que Ud. nos facilite, y que éstos se obtienen con el único fin de poder prestar los servicios jurídicos y de asesoramiento que nos contrate, así como ponerle al día de información que pueda ser de interés u ofertas comerciales. Sus datos no serán comunicados a terceros salvo aquellos casos en que exista obligación legal o requerimiento judicial. Tiene Ud. derecho al acceso, rectificación, cancelación y supresión, así como otros derechos que le asistan. Si desea información más detallada sobre el tratamiento de sus datos, puede consultar nuestra política de privacidad completa, solicitándonos copia de ésta. Podrá ejercitar sus derechos mediante comunicación por escrito a nuestra dirección sita en calle Balmes 186, 2º 1º, 08006 Barcelona. Estamos a su disposición para cualquier pregunta o aclaración.

Aceptación de la propuesta

La aceptación de esta propuesta y el cumplimiento de sus condiciones obliga a MASVALOR ABOGADOS© a prestar sus servicios.

Le agradecemos la confianza depositada en nuestro despacho al solicitar nuestro asesoramiento e intervención en el presente asunto, y deseamos poder tener la oportunidad de corresponderle convenientemente.

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