Antes de contarte cuál es el paso a paso que te permita acogerte a un proceso de eliminación de deuda, es posible que necesites saber cuáles son los requisitos básicos para poder hacerlo.

Es lógico y es casi el primer paso para poder recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad y arrancar una nueva vida libre de preocupaciones económicas.

Una vez compruebas que sí, que puedes seguir adelante porque eres una de las personas físicas que pueden iniciar un proceso de condonación de deuda, lo suyo es tener claros cuáles son los pasos a dar para comenzar con buen pie.

Es importante, ante cualquier proceso judicial, no tener dudas porque eso elimina miedos e incertidumbres innecesarias. Además, te lo avanzamos desde ya, si estás bien asesorado el proceso es más sencillo de lo que realmente parece.

¡Vamos a por ello!

#PASO 1 Busca un buen despacho de abogados

Como te decíamos, una vez claro que cumples los requisitos para acogerte al proceso de eliminación de deuda, lo más importante es encontrar un despacho de abogados que te asesore en condiciones.

Intenta trabajar con un despacho que te de confianza, porque vas a entrar en un procedimiento muy delicado y que toca un aspecto de tu vida muy importante: la economía.

De ello depende que tus finanzas futuras queden saneadas por fin.

También te recomendamos que trabajes con un despacho de abogados especializado en la Ley de Segunda Oportunidad, porque no habrá lagunas ni tendrás ningún tipo de duda mientras dura el proceso.

Ya sabes que nosotros estaríamos encantados de ayudarte.

Puedes reservar una cita gratuita y sin compromiso y hablamos de tu situación. :)

Dicho esto, vamos a por el segundo paso.

#PASO 2 Presentar solicitud ante notario o Registro Mercantil

El proceso de eliminación de deuda se inicia presentando una solicitud ante notario, si eres una persona física, o ante el Registro Mercantil, si tienes un negocio.

En esa solicitud debe quedar muy, muy clara la situación económica por la que estás pasando y debe aportar toda la documentación que así lo exprese.

Y, reiteramos, es importante que el despacho con el que trabajes controle esta materia porque, si esa solicitud está incompleta o no se expresa claramente que no te es posible hacer frente a tus deudas, podrías quedar fuera del procedimiento y perder la oportunidad de acogerte a este proceso de condonación de deudas.

Al presentar la solicitud deben quedar claros los siguientes puntos:

  • Qué tipo de insolvencia estás atravesando.
  • Qué te ha llevado a la situación de insolvencia que estás viviendo.
  • Qué cantidad aproximada, o concreta, debes a tus acreedores y cantidad de deuda con la que cuentas en tu haber.
  • Inventario de bienes y los derechos que tienes sobre ellos y documentación expresa como: certificado de rentas, certificado del Impuesto de Patrimonio de los últimos cuatro ejercicios tributarios, tus últimas tres nóminas, certificado de la cuantía mensual recibida por prestaciones o subsidios por desempleo, certificado que acredite los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales.
  • En el caso de los autónomos, habrá que presentar un certificado en el que quede clara la cantidad que estés percibiendo si estás en situación de cese de actividad.
  • Para completar la documentación, tendrías que incluir en tu solicitud una declaración responsable del deudor o deudores relacionada con el cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse situados en el umbral de exclusión según el modelo aprobado por la comisión constituida para el seguimiento del cumplimiento del Código de Buenas Prácticas, cuando la vivienda habitual del deudor se encuentra gravada con un derecho real de hipoteca.
  • Si estás jubilado, un certificado con la cuantía mensual de tu pensión de jubilación.
  • Y, para terminar con el inventario de bienes, tendrás que presentar tus cuentas anuales de los tres últimos años, en caso de que se estuviera obligado a llevar contabilidad.
  • Si has vivido una de estas situaciones: haber llegado a un acuerdo extrajudicial con tus acreedores, haber llegado a un acuerdo extrajudicial de refinanciación homologado, o que en los últimos 5 años hayas sido declarado en concurso de acreedores.
  • También incluirás los certificados de la entidad bancaria en la que tienes tus cuentas y de las que eres titular.
  • Certificados de la entidad bancaria del capital mobiliario con el que cuentas.
  • Certificados recogidos en el Registro Civil sobre el dominio y cargas de tus bienes inmuebles.
  • Escrituras de compraventa de la vivienda habitual, documentación hipotecaria y cualquier otro documento que justifique el resto de garantías reales o personales constituidas.
  • Identificación de tipo, número de matrícula o registro y fecha de compra de los bienes muebles de los que eres titular.
  • Listado de acreedores en el que queden claros los datos relacionados con las deudas (fechas de vencimiento, obligaciones de ambos, relación de créditos o hipotecas, contrato original o copia autorizada de constitución de garantías o certificación registral de la inscripción en el caso de que haya hipotecas.
  • Listado de contratos en vigor y copia original de estos.
  • Listado de tus gastos mensuales.
  • Relación de trabajadores que tienes a tu cargo, si estás en esta situación.

Como ves, si no trabajas con abogados especializados en la materia, podrías quedar fuera del proceso de eliminación de deuda si te faltara cualquier documento o no quedara todo esto bien expresado en el momento de presentar tu solicitud.
Leído así, todo seguido, puede parecerte un via crucis, pero si estás acompañado de profesionales todo será más ágil y podrás despreocuparte de ciertos aspectos relacionados con este paso número dos.

#PASO 3 Firma de acta notarial o registral

Después de presentar tu solicitud y toda la documentación que te hemos mencionado, el notario expedirá un acta que deberás firmar.

Si eres un empresario, en tu caso llevarás toda la documentación y solicitud al Registro Mercantil y allí se expedirá acta registral que, también, deberás firmar.

Y, justo en este momento, se iniciará el proceso de eliminación de deuda.

Ya te hemos comentado en alguna ocasión desde este blog que, para no sentir una soledad inmensa y estar acompañado, no solo físicamente, sino también psicológicamente; lo mejor es trabajar con un despacho de abogados especializado en la Ley de Segunda Oportunidad.

Te evitarás un millón de quebraderos de cabeza y vivirás el proceso con una tranquilidad tremenda. No te conformes con meros administrativos o tramitadores, por favor.

¿Ha quedado alguna duda en el tintero?

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